Nota jurídica importante : lo expuesto en el presente sólo refleja el nivel técnico del las diferencias aunque jurídicamente no sea así para muchas legislaciones nacionales, como la Argentina, donde conforme la Ley de Firma Digital (25506), la única diferencia entre la firma digital y la electrónica es legal y está dada cuando ciertas firmas no cumplen con los requisitos para ser consideradas firma digital.

Diferenciar la firma digital de la firma electrónica.
La firma digital es un proceso de cifrado matemático que permite a cualquiera comprobar la autenticidad de los datos cifrados. Se trata de un sistema de cifrado asimétrico y emplea, por lo tanto, una clave o llave secreta o privada (private key) y otra pública (public key).

La firma electrónica son unos datos electrónicos que acompañan la información (también en formato electrónico) e identifican al firmante. Este tipo de firma persigue el mismo objetivo que la firma manuscrita: dar fe de un acto de voluntad del firmante e identificarle, sin tener en cuenta, eso sí,,el grado de seguridad con el que se puede decir a posteriori que el firmante ha firmado algo. Así puede ser firma electrónica un garabato pintado con el ratón, una contraseña (o frase) escrita y no cifrada en un e-mail, un JPG con la imagen del trazado de la firma manuscrita, etc. También puede ser firma electrónica

La firma digital forma parte fundamental de la firma electrónica segura (legalmente se habla de la firma electrónica avanzada y reconocida). Es decir, la firma digital (el cifrado matemático de datos) permite que la firma electrónica (identificación y muestra de un acto de voluntad) pueda ser atribuida con seguridad a un firmante concreto.

Diferenciar la firma digital de la digitalizada

Ya que se ha empezado, se explicará también brevemente la diferencia entre estas dos. Como se decía más arriba, la firma digital es un proceso de cifrado matemático. La firma digitalizada, sin embargo, es la imagen del trazado de la firma convertida en un archivo de imagen, es decir, que se ha escaneado o que, mediante algún hardware como pueden ser pads de firma, digitalizadores o tabletas de firma, se ha registrado y guardado directamente en un ordenador. La firma digitalizada no constituye por sí misma firma avanzada.

Fuente: http://www.firma-electronica.eu/firma-electronica-digital.html